La medida fue oficializada este jueves a través del Decreto 474/2026, publicado en el Boletín Oficial. El Gobierno nacional elevó a $400.000 millones el monto máximo del anticipo financiero que podrá recibir Entre Ríos, en el marco de una asistencia destinada a afrontar dificultades financieras transitorias. El beneficio también alcanzará a las provincias de Santa Fe y Jujuy.

La norma lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo. En sus fundamentos, sostiene que las tres provincias atraviesan inconvenientes temporales para hacer frente a compromisos urgentes vinculados con la ejecución de sus presupuestos y la amortización de deudas.
Según señala el texto oficial, las jurisdicciones beneficiadas “se ven impedidas, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de sus respectivos presupuestos de gastos y amortización de deudas”, por lo que el Ejecutivo consideró necesario adoptar medidas inmediatas para asistirlas.
La disposición modifica el esquema de asistencia que ya regía para Entre Ríos. Mediante el Decreto Nº 922/25, la provincia había recibido un anticipo financiero de hasta $220.000 millones, monto que, de acuerdo con la normativa, fue desembolsado en su totalidad durante enero de 2026.
Con esta ampliación, el Gobierno nacional igualó el límite de asistencia otorgado a Entre Ríos con el establecido previamente para otras provincias. La Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía será la encargada de determinar los desembolsos, tomando en consideración la capacidad de repago de cada jurisdicción en función de su participación en la recaudación de tributos nacionales.
La devolución de los fondos deberá concretarse obligatoriamente dentro del Ejercicio Fiscal 2026. Para garantizar el recupero de los recursos, la Secretaría de Hacienda podrá aplicar retenciones automáticas sobre los fondos correspondientes a la Coparticipación Federal de Impuestos y otros recursos coparticipables sin asignación específica.
Además, el decreto establece que los anticipos devengarán intereses desde el momento de su desembolso, con una Tasa Fija Nominal Anual del 15%. Las provincias deberán autorizar expresamente el descuento de recursos coparticipables para cubrir tanto el capital recibido como los intereses generados.
Finalmente, se indicó que estas erogaciones serán registradas como anticipos de fondos de la Tesorería General de la Nación, con impacto directo en las partidas asignadas a cada provincia dentro del presupuesto nacional.
Fuente: El Entre Rios.


