23 abril 2026, 11:27 am
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Papá no paga cuota alimentaria, pero paga abuelo

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Un abuelo deberá afrontar el pago del 30% de su jubilación en concepto de cuota alimentaria para sus nietos, luego de que el Juzgado de Familia de Concordia acreditara los reiterados incumplimientos del progenitor, quien es el obligado principal.

La mujer, con el patrocinio de la abogada Brenda Vittori, promovió la demanda luego de que en actuaciones anteriores se homologara un convenio de alimentos y posteriormente se dispusiera un aumento de la cuota a cargo del progenitor, equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil.

Sin embargo, conforme surge de las constancias del expediente, el padre incumplió de manera reiterada con la obligación, realizando pagos parciales y en forma irregular, lo que motivó la intervención judicial contra el obligado subsidiario, tal como lo prevé el artículo 668 del Código Civil y Comercial de la Nación.

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La abogada Brenda Vittori expresó que “no hay nada que celebrar cuando una madre o un padre debe recurrir a la Justicia para garantizar los alimentos de su hijo y es lamentable llegar a este punto, porque implica un padre que incumple, un abuelo que ya crió a sus hijos y debe asumir una obligación en forma subsidiaria, un niño con necesidades concretas y una madre sosteniendo sola la carga económica y los cuidados diarios”

Asimismo, remarcó que “la sentencia no es un triunfo, sino una forma forzada de proteger y garantizar derechos, para que sus necesidades sean cubiertas por sus progenitores y, en su defecto, como en este caso, por su abuelo ante el incumplimiento del padre”.

Si vos o un familiar se encuentran atravesando una situación similar, podés comunicarte con el estudio jurídico al 3454347454- Atención las 24 horas o bien dirigirte a calle Buenos aires al 279.

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